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Neuquén pondrá en vigencia el primer Código Procesal Civil Adversarial del país
La reforma comenzará a aplicarse el 1 de agosto en los juicios civiles y comerciales. Incorporará audiencias orales, expedientes digitales y un rol más activo de las partes.
Neuquén pondrá en vigencia el 1 de agosto de 2026 su nuevo Código Procesal Civil Adversarial, una reforma integral que modificará la tramitación de los juicios civiles y comerciales en toda la provincia. Según informó el Poder Judicial, será la primera jurisdicción argentina en aplicar este modelo en la materia.
El cambio alcanzará conflictos cotidianos de personas y empresas, como sucesiones, alquileres, deudas, contratos y reclamos por daños. La nueva normativa reemplazará al código vigente desde 1975 y buscará concentrar los trámites en procedimientos más simples.
El modelo adversarial les asignará un papel central a las partes y a sus abogados, quienes deberán impulsar las causas, presentar los hechos y reunir las pruebas. Los jueces actuarán como terceros imparciales, responsables de garantizar el debido proceso y resolver los planteos.
La digitalización será otro de los ejes de la reforma. Los expedientes, las presentaciones y la mayoría de las notificaciones serán electrónicos, mientras que los documentos digitales, incluidos mensajes y correos, podrán incorporarse como prueba. También se habilitarán alternativas en papel ante problemas tecnológicos o dificultades de acceso.
Los procesos ordinarios contemplarán una audiencia preliminar, orientada a ordenar el caso, analizar la prueba e intentar acuerdos, y una audiencia de juicio para producir las pruebas y presentar los alegatos. Los trámites más sencillos seguirán un procedimiento sumarísimo, principalmente escrito.
En las sucesiones, los herederos podrán avanzar mediante acuerdos privados para la partición de bienes y reducir pasos dentro del expediente. Además, quienes no puedan afrontar los gastos judiciales podrán solicitar el beneficio de acceso gratuito mediante una declaración jurada, sin iniciar otro trámite.
La normativa también establece la publicación gratuita de edictos judiciales, incorpora mecanismos de intercambio previo de pruebas y permite que abogados y abogadas pidan informes a entidades públicas y privadas sin intervención judicial. El objetivo es evitar diligencias innecesarias y facilitar acuerdos antes del juicio.
El Código fue aprobado por la Legislatura neuquina mediante la Ley 3551, sancionada el 11 de diciembre de 2025 y promulgada el 29 de ese mes. Su implementación, prevista para el 1 de agosto de 2026, representa una de las reformas más amplias de las últimas décadas para la Justicia Civil y Comercial provincial.
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El cambio alcanzará conflictos cotidianos de personas y empresas, como sucesiones, alquileres, deudas, contratos y reclamos por daños. La nueva normativa reemplazará al código vigente desde 1975 y buscará concentrar los trámites en procedimientos más simples.
El modelo adversarial les asignará un papel central a las partes y a sus abogados, quienes deberán impulsar las causas, presentar los hechos y reunir las pruebas. Los jueces actuarán como terceros imparciales, responsables de garantizar el debido proceso y resolver los planteos.
La digitalización será otro de los ejes de la reforma. Los expedientes, las presentaciones y la mayoría de las notificaciones serán electrónicos, mientras que los documentos digitales, incluidos mensajes y correos, podrán incorporarse como prueba. También se habilitarán alternativas en papel ante problemas tecnológicos o dificultades de acceso.
Los procesos ordinarios contemplarán una audiencia preliminar, orientada a ordenar el caso, analizar la prueba e intentar acuerdos, y una audiencia de juicio para producir las pruebas y presentar los alegatos. Los trámites más sencillos seguirán un procedimiento sumarísimo, principalmente escrito.
En las sucesiones, los herederos podrán avanzar mediante acuerdos privados para la partición de bienes y reducir pasos dentro del expediente. Además, quienes no puedan afrontar los gastos judiciales podrán solicitar el beneficio de acceso gratuito mediante una declaración jurada, sin iniciar otro trámite.
La normativa también establece la publicación gratuita de edictos judiciales, incorpora mecanismos de intercambio previo de pruebas y permite que abogados y abogadas pidan informes a entidades públicas y privadas sin intervención judicial. El objetivo es evitar diligencias innecesarias y facilitar acuerdos antes del juicio.
El Código fue aprobado por la Legislatura neuquina mediante la Ley 3551, sancionada el 11 de diciembre de 2025 y promulgada el 29 de ese mes. Su implementación, prevista para el 1 de agosto de 2026, representa una de las reformas más amplias de las últimas décadas para la Justicia Civil y Comercial provincial.